Nueva ITC protección de los trabajadores contra el riesgo de inhalación de polvo y sílice cristalina respirables
El 9 de julio ha sido publicada la nueva ITC 02.0.02 de protección de los trabajadores contra el riesgo de inhalación de polvo y sílice cristalina respirables. Aunque muchas novedades se habían adelantado, destacamos:
- El polvo de sílice cristalino generado en un proceso de trabajo se considera CANCERÍGENO.
- Los valores límites ambientales quedan establecidos en: Polvo en 3 mg/m3 y Polvo de sílice cristalina en 0.05 mg/m3.
- La referencia al anexo III del Real Decreto 1154/2020 permite el valor límite: 0,1 mg/m3 hasta el 31 de diciembre de 2021, que es el vigente en los últimos años
- Los aparatos utilizados quedan afectados por el procedimiento de evaluación de la conformidad de productos para uso en minería establecido en la ITC 12.0.01.
- Esto implica un reestudio de los equipos a emplear para efectuar las mediciones
- El personal que realice la toma de muestras permanecerá presente mientras dure el muestreo.
- La toma de muestras se extenderá a toda la jornada de trabajo.
- Se tomarán muestras una vez cada cuatrimestre del año natural. No hay reducciones a una anual. Las explotaciones que tenían autorizada una anual tienen que pasar a tres al año y para el ejercicio 2021 tienen que presentar al menos las mediciones del 2º y 3º cuatrimestre ya que la norma entra en vigor el 10/07/2021.
- No establece el protocolo a seguir en caso de que una medición de por encima de los niveles. Como la norma prohíbe que los niveles estén por encima, deberán de repetir la muestra las veces que consideren hasta que de correcta, presentando junto con el DSS tres anuales por puesto con las mediciones correctas.
- El mero cumplimiento del valor límite no exime al empresario de la obligación de reducir la exposición a un valor “tan bajo como sea posible”.
- En la Nota de Recomendaciones Provisionales sobre SCR encontraréis más detalle al respecto.
- Establece una obligatoriedad de informar al Instituto Nacional de silicosis de datos estadísticos.
- Deben comunicar a la autoridad minera todos los casos que se reconozcan de silicosis y cáncer de pulmón.
- En cuanto a la formación de polvo se establece la obligatoriedad de realizarla anualmente e incluir prácticas de ajuste de equipos de protección.
Documentación de interés:
– Orden TED/723/2021, de 1 de julio, por la que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria 02.0.02 «Protección de los trabajadores contra el riesgo por inhalación de polvo y sílice cristalina respirables», del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera, publicada el pasado viernes día 9 de julio de 2021.
– Segunda versión, actualizada con la nueva Orden TED/723/2021, Nota Técnica Provisional de Recomendaciones para la Gestión de la Sílice Cristalina Respirable – SCR.
– Informe elaborado por COMINROC (Federación de Áridos) de análisis de la Orden TED/723/2021.